La Cámara del Trabajo determinó que la reforma laboral de Milei es inconstitucional

La Justicia resolvió la invalidez del capítulo 4 del DNU 70/23 que impulsó el Gobierno el pasado 21 de diciembre.

La Sala de Feria de la Cámara del Trabajo hizo lugar al amparo de la CGT, uno de los tantos planteados por las centrales obreras y diversas organizaciones, y determinó que el capítulo 4 del DNU 70/2023 de Javier Milei es inconstitucional.

Según argumenta el fallo firmado por los jueces Manuel Diez Selva, Héctor Guisado y Mario Fera, este tipo de reformas deben analizarse y debatirse en el Congreso, y, de esta manera, rechazaron la apelación que había hecho el Ejecutivo para dejar en pie el decreto en su tramo laboral.

“Los propios considerandos de dicho DNU traducen -al menos en lo que respecta a la materia laboral- que no se evidencia objetivamente la ‘necesidad’ de adoptar tan numerosas medidas, y que, aunque ello pudiera -hipotéticamente- justificarse en las referencias genéricas a ‘un hecho demostrado’, lo cierto y jurídicamente relevante es que no se avizora que las que se alegan constituyan razones de ‘urgencia’ para eludir la debida intervención del Poder Legislativo en lo que hace a la legislación de fondo, máxime cuando varias de las normas que el Poder Ejecutivo Nacional pretende modificar sin darle intervención a los legisladores tienen naturaleza represiva o sancionatoria, al punto que se las ha incluido como integrativas del derecho penal laboral, calificadas como ‘leyes antievasión’”, advirtió la Cámara del Trabajo que, también, ordenó inscribir este caso como proceso colectivo.

Al respecto, Mariana Mandakovic, Secretaria General Adjunta de la CTA, celebró el fallo y consideró que “esto es una demostración más de que el gobierno de Javier Milei no podrá hacer lo que se le antoje porque tenemos una clase obrera con una gran tradición de lucha que no se podrá eliminar fácilmente”.

“Los derechos conseguidos por los trabajadores y las trabajadoras llevan años de debate y de lucha, y por esa razón no pueden pretender borrar de un plumazo toda una parte de nuestra historia como movimiento obrero.”, advirtió la dirigente.

Por su parte, Luis Campos, Investigador del Instituto de Estudios y Formación de la CTA Autónoma (IEF-CTA), elaboró un pormenorizado repaso sobre las diferentes instancias judiciales que trataron el capítulo de reforma laboral en el decreto emitido el mes pasado

“La Cámara expresa que el gobierno debió explicar cómo las reformas planteadas, salteándose los procedimientos ordinarios, eran necesarias para resolver los problemas existentes en materia de empleo. Nada de esto hay en los fundamentos del DNU”, explicó Campos en su posteo de la red social X.


Previamente, el 3 de enero del corriente 2024, el IEF realizó un análisis del capítulo laboral del decreto 70/23 exponiendo el perjuicio que causaría su aplicación en las relaciones individuales (LCT), colectivas (leyes 14.250 y 23.551) y la regulación de conflictos colectivos de trabajo (derecho a huelga).

Además de las presentaciones judiciales efectuadas, la CTA Autónoma, junto al resto de las centrales obreras y los movimientos sociales, habían reclamado la inconstitucionalidad de la reforma laboral que fijó el decreto en la última semana del 2023, en el marco de una movilización que hizo al Palacio de Tribunales el 27 de diciembre pasado.


Texto extraído del portal de la CTA - Autónoma: https://ctaa.org.ar/la-camara-del-trabajo-determino-que-la-reforma-laboral-de-milei-es-inconstitucional/