Oposición al traslado del Fuero Penal Juvenil

La AJB con la adhesión de las y los trabajadores judiciales de los órganos jurisdiccionales del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil del Departamento Judicial Mar del Plata con sede en el edificio sito en la calle La Rioja N°2130 de nuestra ciudad

, manifestaron su oposición a la decisión de trasladar el Fuero a otro inmueble distinto del actual tanto al presidente de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal Dptal. Dr. Pablo Poggetto como al presidente de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial Dptal. Dr. Alfredo Méndez, y se hará lo propio con una comunicación dirigida a la presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires Dra. Hilda Kogan.

La sede actual fue la solución definitiva a largos años de condiciones de inseguridad e insalubridad en las cuales las y los empleados, funcionarios y peritos del Fuero Penal Juvenil prestaban servicios mientras este funcionaba en el inmueble ubicado en la calle Gascón N°2250, provocando que posteriormente tanto el Ministerio Público Fiscal como la Defensa Pública asentaran sus sedes en un radio de 150 mts. para ejercer su rol procesal en tiempo y forma bajos condiciones materiales que permitieran garantizar la tutela judicial y efectiva y el acceso a la jurisdicción especializada.  

Esta decisión pretende dar respuesta a la emergencia edilicia que afecta al Fuero Civil y Comercial mediante la reubicación de dependencias judiciales en distintos edificios sin criterio funcional alguno, aún a costa de la salud de trabajadoras y trabajadores de la administración de justicia cuya indemnidad debe garantizar la Suprema Corte de Justicia en su rol de empleadora junto a los derechos de niños, niñas y adolescentes, que son de orden público e irrenunciables y que en caso de conflicto con otros derechos e intereses igualmente legítimos deben prevalecer.

En síntesis, no se busca una solución razonable sino que se encuentra como única alternativa distribuir la precariedad edilicia reinante en el Dpto. Judicial de Mar del Plata entre órganos con competencias distintas cuando el Fuero Penal Juvenil exige particulares condiciones de funcionamiento que han sido alcanzadas hasta el presente por efecto de acciones gremiales previas y permanentes que se adoptaron en el pasado al atravesar circunstancias similares a aquellas que hoy sufre el Fuero Civil y Comercial.
 
¡Sin Lucha, no hay Derechos!