Las secuelas de la violencia laboral y de género que motivaron que el ex- juez titular del Juzgado de Familia N°4 del Departamento Judicial de Mar del Plata, Juan Facundo Dominoni tuviera sobre sí un proceso político de destitución que causó su renuncia a la magistratura persistieron a su dimisión.
En el año 2016 la Departamental Mar del Plata de la AJB solicitó la intervención de la Dirección de Resolución de Conflictos de la Suprema Corte de Justicia por la situación existente en el Juzgado de Familia N° 4 local, que motivó la intervención a la Subsecretaría de Control Disciplinario en el año 2017.
Esa intervención duró hasta el 17 de abril del 2019 cuando el procurador general lo denunció ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados iniciando su juicio político por mal desempeño y violencia laboral. El 7 de noviembre de ese año el Jurado de Enjuiciamiento abrió su proceso de destitución y finalmente el 26 de octubre del 2020 fue suspendido preventivamente hasta que presentó su renuncia que este año fue aceptada por parte del gobernador Kicillof.
Entre las conductas violentas atribuídas a Dominoni en su denuncia se señalaba que el ex juez amenazaba al personal con la pérdida de sus puestos de trabajo, y ello lo reflejó en el sumario que impulsó un sumario en el 2019 contra una secretaria del Juzgado a la quien le atribuyó la autorización de pagos indebidos en concepto de movilidad a un empleado. Cabe mencionar que esa misma funcionaria no quiso ser ratificada en su cargo por el propio Dominoni cuando fue él quien la había propuesto para su ingreso al Poder Judicial y durante ese fatídico 2019 la Corte le otorgó licencia por la violencia de género sufrida a manos de dicho juez, debiendo solicitar luego el cambio de lugar de trabajo.
Esa denuncia motivó una instrucción pre-sumarial que finalizó el 3 de noviembre de 2022 con el sobreseimiento de la causa por la inexistencia del ilícito administrativo denunciado, dejando en claro que ello fue un intento de Dominoni de desacreditar a una de sus víctimas de la violencia laboral y de género.
La Suprema Corte tuvo la posibilidad procesal de haberla desestimado (Art. 18 Ac. 3354 SCJBA) si hubiera contextualizado la denuncia de Dominoni en la desfavorable situación institucional que atravesaba ese juez y valorado con perspectiva de género las adversas y apremiantes circunstancias que sufría la funcionaria, pero optó por darle trámite por más de tres años y con ello contribuyó a prolongar estado de sospecha y la persistencia del temor a quedar cesante.
Indudablemente subsisten patrones de conducta patriarcales que se reflejan en los procesos disciplinarios no obstante existir las herramientas legales necesarias para desarticularlos en contextos de violencia como el descripto, que trascienden a los cuerpos normativos y que reafirma aquello que se pregona desde la AJB que “sin lucha no hay derechos”.